Senado revisa el tamaño de las parcelas de agrado

Publicado el at 10:21 am
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Por Roberto Silva Bijit

Fundador de “El Observador”

Una muy antigua discusión se viene dando respecto del tamaño de las llamadas parcelas de agrado, destinadas a que una familia se construya una casa (y la de un cuidador) en un sector rural de la comuna.
La ley les fija un tamaño mínimo de 5.000 metros (media hectárea) con los cuales el propietario del terreno puede acceder a un título de dominio. Si una persona compra en un sector rural menos de 5.000 metros, solo puede acceder a derechos, no a título.
Los legisladores cometieron un error al suponer que la parcela de agrado podría tener un destino agrícola, lo cual es casi imposible, porque se trata de una superficie muy pequeña para plantarla, que no rendirá buenos dividendos económicos.
Las ciudades tienen un radio urbano, fijado por el Plan Regulador, donde se puede dividir la superficie en cualquier tamaño. En el campo, al tener que dividirse en terrenos no menores a 5.000 metros, se fue formando un inmenso sector “urbano encubierto”, ya que las parcelas de agrado se destinan a vivienda y no a agricultura. Entonces es erróneo pensar que los límites urbanos son reales, porque este tipo de parcelas se desbordaron en todo el entorno de la ciudad.
Para tener una casa grande, con jardín y algunos frutales, basta y sobra con 1.500 metros. Máximo 2.000, pero en ningún caso 5.000 metros. Por eso en cada parcela de agrado hay dos mil a tres mil metros agrícolas perdidos. Concretamente se ha reducido la superficie agrícola con las parcelas de agrado, que cada día siguen invadiendo territorios de hortalizas y frutales.
En estos días en el Senado se preguntaron si las parcelas de agrado eran de uso habitacional o suelo agrícola. Pensando en la necesidad de proteger el suelo agrícola, los integrantes de la Comisión de Agricultura del Senado entregaron su respaldo a las ideas matrices de la moción que regula la división de los predios rurales. El texto de autoría de los senadores Juan Pablo Letelier, Isabel Allende, Álvaro Elizalde, Rodrigo Galilea y Carlos Montes pretende resguardar los terrenos agrícolas adyacentes a los centros urbanos, los que han sido subdivididos múltiples veces dando lugar a parcelas de agrado que desvirtúan el fin agrario.
En ese espíritu, los congresistas plantean el criterio de permitir la división de los predios solo cuando estos superen las cinco hectáreas, todo con el fin de evitar que esos suelos se usen para fines meramente habitacionales.
A la sesión en la que se votó la iniciativa, asistió la Ministra de Agricultura, María Eugenia Undurraga, quien hizo presente el apoyo del Ejecutivo al proyecto, sin embargo, reconoció que cinco hectáreas es un terreno muy extenso, considerando que la mayor parte de la agricultura familiar campesina utiliza predios menores (el 60% de los predios inscritos en Indap es menor a cinco hectáreas). En general, la Secretaria de Estado comentó que “la norma va al centro del bienestar de la población rural. Entendemos que el objetivo es regular las parcelaciones de agrado que han tenido una proliferación extrema en los últimos años. Pensemos en cómo ha aumentado la migración de la ciudad al campo y cómo con la pandemia eso se aceleró. Todo ello afecta el ecosistema”.
Esencialmente el proyecto de ley señala: “Los predios rústicos, esto es, los inmuebles de aptitud agrícola, ganadera o forestal ubicados fuera de los limites urbanos o fuera de los límites de los planes reguladores intercomunales podrán ser divididos libremente por sus propietarios siempre que los lotes resultantes tengan una superficie no inferior a 5 hectáreas físicas”.
Tal vez 5 hectáreas sea mucho, con 3 sería suficiente, pero es urgente legislar para defender la irremplazable tierra agrícola. Incluso, se debería permitir que las actuales parcelas de agrado de 5 mil metros puedan subdividirse en 2.500 metros, con lo cual abrirían un espacio para nuevas casas en terrenos donde ya no habrá agricultura.

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