Concejo Municipal aprobó modificaciones a la Ordenanza de Tenencia Responsable de Mascotas

Publicado el at 6:17 pm
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Adecuaciones se hicieron a solicitud de la Contraloría en detalles que implican subir las multas y regular los refugios en espacio públicos, entre otras materias.

El Departamento de Medio Ambiente de la Municipalidad presentó una propuesta formal ante la alcaldía para modificar la Ordenanza Comunal sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía. La iniciativa surge como respuesta directa a los requerimientos emitidos por la Contraloría Regional de Valparaíso a través de varios oficios, lo que fue tratado este jueves 15 de octubre y aprobado por unanimidad por el Concejo Municipal.

Javier Cisternas, encargado del Departamento de Medio ambiente, explicó a los concejales y el alcalde, que la actual ordenanza que cuenta con 40 artículos, se encuentra vigente desde diciembre de 2019, por lo que ahora experimentará cambios en cinco de sus artículos principales con el fin de alinearse con la legislación nacional y elevar los estándares de bienestar animal en la comuna.

Más plazo para el rescate

Entre las modificaciones más destacadas se encuentra la reforma al Artículo 11 Bis, que añadirá una prohibición total al sacrificio de animales como método de control de la población.

Asimismo, el Artículo 20 ofrecerá un cambio drástico a favor de los animales extraviados o abandonados. La normativa vigente establece un plazo de solo cinco días para que los dueños reclamen a sus mascotas antes de que el municipio proceda a su esterilización o castración. Con la nueva propuesta, este plazo de resguardo se extenderá a veinte días corridos.

Regulación de refugios en espacios públicos

El Artículo 33 cambiará por completo su enfoque actual. La ordenanza de 2019 prohibía de forma estricta la instalación de casetas o refugios para perros en la vía pública. La nueva redacción permitirá la instalación de casas, refugios y comederos para perros callejeros o comunitarios, en conformidad con la Ley 21.020.

Para implementar estas estructuras, los particulares y las organizaciones de protección animal deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Evitar la alteración del tránsito de vehículos y peatones.
  • Asumir el compromiso de realizar un aseo y una limpieza frecuente del sector.
  • Notificar de manera oportuna al Municipio sobre la ubicación del refugio.

Con esta información, la autoridad local creará un registro georreferenciado de los refugios y de las personas a cargo de su mantención, bajo la supervisión de la administración comunal.

Nuevas multas y fiscalización

Las modificaciones también actualizan las vías de identificación y las sanciones económicas. El Artículo 17 validará de forma explícita que la Licencia de Registro de Animal de Compañía se puede obtener tanto mediante un microchip como por un dispositivo externo.

Por último, el Artículo 40 elevará de manera considerable el valor de las multas por infracciones. El marco de sanciones actual, que va de 1 a 5 UTM, se adaptará al Artículo 30 de la Ley 21.020. Esto facultará al Juzgado de Policía Local para aplicar multas que alcanzarán un rango de entre 1 y 30 UTM, según la gravedad del caso.