La Contraloría General de la República resolvió que el exalcalde de la Municipalidad de Petorca, Ignacio Villalobos Henríquez, incurrió en una falta grave al principio de probidad administrativa, al participar activamente en el proceso que culminó con la designación del tío de sus hijos como Director de Control suplente.
El pronunciamiento se originó tras una revisión de contrataciones realizada por la Contraloría Regional de Valparaíso. El análisis estableció que el entonces jefe comunal no solo impulsó el nombre ante el Concejo Municipal, sino que además firmó el decreto alcaldicio N° 1.800, fechado el 17 de agosto de 2021, que formalizó la designación de Leandro Villagrán Pérez, quien desempeñó funciones a honorarios entre junio de 2021 y diciembre de 2022.
Aunque no existía una relación de consanguinidad o afinidad en los términos estrictos que contempla la ley, el órgano contralor concluyó que sí había un vínculo familiar evidente, dado que el funcionario es hermano de la madre de los hijos del exalcalde. Esa circunstancia, según el fallo, era suficiente para afectar la imparcialidad exigible a la autoridad.
En su resolución, la Contraloría recalcó que el deber de abstención no se limita a las inhabilidades formales previstas por parentesco directo, sino que también opera cuando concurren situaciones objetivas que puedan comprometer la independencia en la toma de decisiones, conforme al artículo 62 N°6 de la Ley 18.575.
Argumentos de la defensa
Durante el proceso disciplinario, Villalobos sostuvo que el nombramiento se sustentó en criterios técnicos y necesidades administrativas propias de la suplencia del cargo. Asimismo, afirmó que la decisión fue adoptada por el Concejo Municipal y que no existía impedimento legal explícito.
Sin embargo, el organismo fiscalizador descartó estos planteamientos, precisando que el cuestionamiento no apuntó a la validez formal del acto administrativo, sino a la participación directa del alcalde en una decisión donde existía un conflicto de interés, aunque este no estuviera expresamente tipificado como inhabilidad legal.
Sanción propuesta a directora de Finanzas
La investigación también alcanzó a la directora de Administración y Finanzas del municipio, Leticia Barraza Sazo, a quien se le atribuyó responsabilidad por no haber advertido ni representado el eventual conflicto de interés al momento de visar el decreto.
Para la funcionaria se propuso una multa equivalente al 10% de su remuneración mensual y una anotación de demérito en su hoja de vida. La Contraloría consideró que, dada su función en materias de personal y su conocimiento de los antecedentes, estaba en posición de advertir la situación.
Sin responsabilidad para otros involucrados
El sumario descartó responsabilidad respecto del entonces asesor jurídico, Felipe Ramos Carreño, debido a que prestaba servicios bajo modalidad de honorarios, régimen que no genera responsabilidad administrativa disciplinaria. En tanto, el exadministrador municipal, Javier Rodríguez Valenzuela, quedó fuera del procedimiento al haber cesado en funciones antes del inicio del sumario.
Finalmente, el ente fiscalizador instruyó remitir los antecedentes al Concejo Municipal de Petorca para que adopte la decisión definitiva sobre la sanción propuesta, debiendo informar al organismo en un plazo de 10 días hábiles.
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