Partió la Ley Corta de Isapres: ¿qué pasará con los excedentes de los afiliados?

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Si el valor del plan es inferior a la cotización obligatoria, la Isapre deberá ofrecer un plan mejor que compense la diferencia, en lugar de devolverla como excedente

 

A partir del 1 de septiembre, comenzó a aplicarse la Ley Corta de Isapres, una normativa que trae importantes cambios en los planes de salud. Entre las disposiciones más destacadas, se encuentra la obligación de ajustar todos los planes a la Tabla Única de Factores y asegurarse de que, como mínimo, se adecuen al 7% de la cotización de los afiliados.

Este ajuste afecta directamente una de las ventajas más conocidas de estar afiliado a una Isapre: la posibilidad de acumular excedentes. Pero, ¿qué son exactamente estos excedentes y qué sucederá con ellos bajo el nuevo marco legal?

Excedentes: ¿qué son y cómo funcionaban?

Los excedentes son montos de dinero que se acumulaban cuando un afiliado a una Isapre pagaba más de lo necesario para cubrir su plan de salud. Este excedente ocurría cuando la cotización mensual superaba el valor del plan contratado. En Chile, los trabajadores deben destinar al menos un 7% de su remuneración imponible a su plan de salud. Si el costo del plan era inferior a este 7%, la diferencia se acumulaba como excedente en la cuenta del afiliado.

Estos fondos podían ser utilizados para cubrir prestaciones médicas no incluidas en el plan, como medicamentos, bonos, o lentes ópticos. También servían para cubrir cotizaciones en caso de cesantía o financiar un plan complementario de salud. En caso de cambiar de Isapre, los excedentes eran transferidos a la nueva entidad.

Cabe destacar que estos excedentes no podían ser retirados libremente por el afiliado, ya que su uso estaba restringido a fines de salud. Anualmente, se realizaba una devolución de los montos acumulados.

El futuro de los excedentes bajo la nueva ley

La Ley Corta de Isapres introduce cambios significativos en la gestión de los excedentes. Según el Artículo 1°, inciso 7, se establecen regulaciones para evitar que las Isapres ofrezcan planes de salud cuyo precio sea inferior al 7% de la cotización legal del afiliado.

Esto significa que si el valor del plan, ajustado a la nueva tabla, es inferior a la cotización obligatoria, la Isapre deberá ofrecer un plan mejor que compense la diferencia, en lugar de devolverla como excedente.

La ley también asegura que las condiciones generales de cada plan de salud ofrecido deben ser las mismas para todos los afiliados, sin importar la fecha de contratación. Además, se establece que el afiliado no estará obligado a aceptar un nuevo plan ofrecido por la Isapre. Sin embargo, si no se suscribe a un plan cuyo valor se aproxime a su cotización legal, cualquier diferencia superior al 5% no generará excedentes.

Es importante destacar que los excedentes acumulados antes de la entrada en vigencia de la ley se mantendrán intactos y podrán seguir siendo utilizados como de costumbre o ser devueltos en enero.

¿Adiós a los excedentes?

Aunque la nueva ley no elimina los excedentes por completo, estos se verán significativamente reducidos. Al ajustar los planes al 7% de la cotización, en principio, no se generarán excedentes de la misma manera que antes. No obstante, en ciertas circunstancias, como el retiro de cargas o un aumento de sueldo, podría seguir habiendo una diferencia de hasta un 5% que sí genere excedentes.

Finalmente, la ley establece que, si los excedentes acumulados en las adecuaciones anuales superan el 5% de la cotización legal, la Isapre deberá ofrecer nuevos beneficios o planes alternativos cuyos precios se ajusten más a la nueva cotización.

 

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