Putaendo: Tribunal revisa cautelar que mantiene congelado proyecto minero de Vizcachitas

Publicado el at 6:23 pm
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proyecto minero de vizcachitas mantiene suspendida su RCA en Putaendo

Uno de los principales puntos abordados fue la presencia o ausencia del gato andino y de vizcachas en la zona.

PUTAENDO.- Este jueves 23 de junio a las 15:00 horas, el Segundo Tribunal Ambiental realizó la audiencia de revisión de la medida cautelar que suspende, hasta la dictación de la sentencia, los efectos de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que autoriza que Compañía Minera Vizcachitas Holding ejecute el proyecto “Sondajes Mineros de Prefactibilidad Las Tejas” en la comuna de Putaendo, Región de Valparaíso.

Los ministros del Segundo Tribunal Ambiental escucharon los argumentos expuestos por la parte reclamante, conformada por la Junta de vigilancia del río Putaendo y otros, por vecinos y por la Ilustre Municipalidad de Putaendo. Además, expusieron la parte reclamada, integrada por la representante de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y el abogado de la Compañía Minera Vizcachitas Holding.

Una de las razones del Tribunal para decretar la medida cautelar fue que se dio por acreditada la presencia del gato andino en la zona de influencia del proyecto, una especie nativa y amenazada en categoría de conservación ‘En Peligro’ a nivel de Chile, Perú, Bolivia y Argentina; además del potencial daño que las actividades de la empresa minera podrían generar, a través de -al menos- la afectación de las madrigueras que albergan a la vizcacha, una de las principales presas del gato andino.

El Gato Andino (Imagen: CONAF/Andean Cat Alliance) es una especie muy extraña y se le ha visto en zonas cercanas a las futuras faenas.

VER TAMBIÉN: Proteger al Gato Andino: una razón del Tribunal Ambiental para frenar proyecto de minera Vizcachitas

La parte reclamada solicitó el alzamiento de la suspensión, o bien modificar la medida cautelar “por una medida proporcionada y menos gravosa, (i) consistente en la implementación de una fase de operación de sondajes restringida, de 12 meses iniciales, para luego avanzar a una siguiente etapa no restringida, de conformidad a los resultados de un plan de monitoreo y supervisión; o bien, (ii) en la implementación de aquellas otras medidas que S.S. Ilustre estime pertinentes y que no suponga la suspensión de los efectos de la RCA N° 14/2021”.

Cabe recordar que en el 2021, la Junta de Vigilancia del río Putaendo y vecinos de dicha comuna interpusieron recursos de reclamación administrativa, con el fin de dejar sin efecto la RCA e impedir el desarrollo del proyecto minero en una zona que consideran de conservación ecológica.

El Servicio de Evaluación Ambiental rechazó los recursos, por lo que los putaendinos recurrieron al Tribunal Ambiental, instancia legal que finalmente ordenó como medida cautelar, la suspensión de los efectos de la resolución que calificó ambientalmente favorable el proyecto “Sondajes Mineros de Prefactibilidad Las Tejas”, dejando congelado el permiso ambiental hasta que se dictamine la resolución.

A FAVOR DE RETIRAR O MODIFICAR LA MEDIDA CAUTELAR

Los principales argumentos esgrimidos para alterar la medida cautelar que suspende los efectos de la Resolución de Calificación Ambiental, cuestionaron las conclusiones sobre las cuales se dio por acreditada la presencia del gato andino en la zona, además de la afectación efectiva que podría tener el proyecto a la fauna presente.

“A pesar de no ser el gato andino una especie singular a la comuna de Putaendo, sino de presencia extendida de la I a la IV Región, y ahora también a la V Región y Región Metropolitana, no existe ningún otro proyecto en Chile que haya sido suspendido o paralizado, en su totalidad, como consecuencia de la presencia del Gato Andino en sus alrededores“, dice la parte reclamante

“De hecho, a propósito de la Medida Cautelar dictada en estos autos, esta parte realizó una revisión de la información que existe en la página web del SEA y pudo constatar que la presencia del gato andino simplemente no ha sido objeto de atención en la mayoría de las RCAs que se han dictado en los últimos años en hile. Tanto es así que únicamente ha sido posible encontrar 3 RCAs que abordan la presencia del gato andino”, sostiene.

Además, el abogado de la compañía minera, Sebastián Avilés señaló que tampoco se podría aseverar la presencia de la presa del gato andino en la zona, la vizcacha, bajo la suposición de que todo roquerío constituye su hábitat, ya que sólo algunos con cavidades reúnen las características para servir de refugio a las vizcachas.

Sebastián Avilés, abogado de la compañía minera.

Avilés defendió que este tipo de proyecto generaría un campamento humano de pequeño tamaño, por lo que el impacto en la zona sería menor y no conllevaría necesariamente la llegada de canes, los cuales argumentó la parte reclamante, podrían atacar, competir o enfermar a la fauna del lugar.

EN CONTRA DEL LEVANTAMIENTO DE LA MEDIDA CAUTELAR

Intervinieron distintos abogados representantes de la Junta de vigilancia del río Putaendo y otros, vecinos y de la Municipalidad de Putaendo.

“El peligro de alzar esta medida cautelar es que se pierda el objeto de este litigio, porque tiene por objeto solicitar que se haga un estudio como corresponde con la información como corresponde, mediante el mecanismo que es un estudio de impacto ambiental”, dijo la abogada Sabiñe Susaeta, representante de Ámbar Cádiz Véliz y otros, en la parte reclamante.

“Para cuando termine este litigio, considerando los tiempos de litigio ante los tribunales ambientales, el proyecto ya va a haber realizado las obras que precisamente ponen en peligro lo que estamos señalando”, expresó Susaeta.

“Es muy importante tener en cuenta para no alzar la medida cautelar dos cosas: que el titular ya ha producido daño, no cuenta con una actitud responsable, por tanto se aumenta el peligro inminente al medio ambiente y ha habido un perjuicio al medio ambiente en esta situación. No puede aislarse este caso, se debe tener en cuenta la actitud global del titular”, dijo la abogada.

Sabiñe Susaeta, abogada de la parte reclamante.

“Por otro lado, debe tenerse en cuenta también de que la institucionalidad ambiental ha fallado y eso no lo podemos negar. Tenemos una Superintendencia que aprueba un programa de cumplimiento, a pesar de que están todos los árboles muertos, simplemente porque se llevaron a cabo las medidas de monitoreo, a pesar de que el mismo programa de cumplimiento señalaba que tenía que haber (…) cierto cuidado para que los propios árboles pudieran mantenerse por sí mismos”, señaló Susaeta, insistiendo en que el Estudio de Impacto Ambiental es la herramienta con procedimientos más rigurosos para aprobar proyectos, en detrimento de la Declaración de Impacto Ambiental.

El abogado Esteban Carmona, de la parte reclamante, entregó argumentos respecto a evidencia en publicaciones de avistamientos del gato andino en la zona, que se dan desde el 2004 hasta 2019, en un reportaje del portal electrónico “Laderasur.com”, donde se indica que la especie “no sólo vive en el altiplano a grandes altitudes, sino que también en precordillera de Santiago de Chile y en la Patagonia argentina en áreas tan bajas como los 600 metros sobre el nivel del mar”.

A continuación, la audiencia completa transmitida en vivo:

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