La Corte de Apelaciones de Valparaíso dejó sin efecto la condena de solo 10 años dictada en primera instancia por abusos contra 8 menores de edad. Tribunal de alzada ordenó continuar la causa.
Un giro dio el caso de abusos sexuales que afectó a ocho menores de edad en un establecimiento educacional de Villa Alemana, luego que la Corte de Apelaciones de Valparaíso resolviera invalidar el procedimiento abreviado que había permitido condenar al imputado a 10 años de cárcel.
La decisión se adoptó tras acoger un recurso de apelación presentado por la parte querellante, dejando sin efecto la resolución del Juzgado de Garantía de Villa Alemana y ordenando que la causa continúe mediante un juicio oral. Con ello, el caso retrocede a una etapa previa, debiendo ahora realizarse una audiencia de preparación de juicio oral.
Corte: procedimiento fue “contrario a derecho”
En su resolución, la Corte concluyó que el procedimiento abreviado no cumplía con los requisitos legales, cuestionando directamente la forma en que se modificó la acusación original.
El acta de audiencia establece que durante la tramitación se alteraron aspectos sustanciales de los hechos imputados, eliminando elementos clave de la acusación inicial, lo que derivó en una configuración distinta del delito.
Asimismo, el tribunal advirtió que, considerando agravantes, las penas asociadas superaban los límites legales para aplicar este tipo de procedimiento simplificado.
A esto se suma un punto clave: la Corte enfatizó que no se resguardó adecuadamente el derecho de la víctima a ser oída, especialmente relevante al tratarse de un menor de edad, en el marco de la Ley de Garantías de la Niñez.
Fallo dividido
La decisión no fue unánime. Uno de los ministros estuvo por confirmar la resolución original, sin embargo, la mayoría de la sala determinó que correspondía revocar el procedimiento abreviado.
De esta forma, se dejó sin efecto la condena previamente dictada, quedando la causa en condiciones de avanzar hacia un juicio oral, donde deberán volver a exponerse los antecedentes.
Fiscalía había optado por evitar revictimización
Cabe recordar que inicialmente la Fiscalía había impulsado el procedimiento abreviado, argumentando el interés superior de los niños y niñas, con el objetivo de evitar que las víctimas enfrentaran un juicio oral.
El fiscal jefe de Villa Alemana, Osvaldo Basso, había señalado que la decisión respondía a la voluntad de las familias. “Nos enfrentamos a un proceso donde hay ocho víctimas, ocho niños y ocho madres. Siete de ellas querían aceptar un procedimiento abreviado para evitar que sus hijos fueran revictimizados”, indicó.
Familias valoran la nueva decisión
Esta nueva resolución fue valorada por familiares de las víctimas, quienes sostienen que el procedimiento abreviado no reflejaba la gravedad de los hechos.
La decisión fue valorada por familiares de las víctimas. La madre de uno de los menores involucrados expresó que “estamos muy esperanzados con la decisión de la Ilustrísima Corte de Apelaciones, ya que esto significa que se abre una ventana de esperanza para tener una verdadera y real justicia para los niños vulnerados en sus derechos. Hoy vuelvo a creer en la justicia”.
En esa línea, agregó que “seguimos reafirmando que la decisión del fiscal de terminar este caso en un abreviado fue errónea y no se ajustaba a derecho, y que hoy la Corte nos da la razón”. Asimismo, cuestionó la proporcionalidad de la sanción propuesta, indicando que “la pena que se estaba imponiendo era insuficiente, una burla para las familias que hemos esperado casi tres años por una justicia ejemplificadora, acorde al daño ocasionado”.
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