Carabineros fiscalizó transporte de escolares en Valparaíso: estas son las normativas

Publicado el at 08/03/2024
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Además llamaron a los padres y apoderados que contratan los servicios a verificar que cumplan con la normativa y que tanto el conductor y el acompañante no presenten inhabilidades para trabajar con menores

VALPARAÍSO.- Carabineros de la Prefectura Valparaíso lideró una masiva fiscalización a buses del transporte escolar, actividad que se realizó durante esta mañana en el Parque Italia.

El Prefecto de Valparaíso, Teniente Coronel Jaime Campos, junto al Seremi de Transportes, Edgardo Piqué, fueron los encargados de liderar esta verificación del cumplimiento de las normativas vigentes de los buses escolares para un correcto y seguro traslado de los estudiantes, instalando un sello de certificación en el parabrisas de aquellos vehículos que contaban con toda la documentación al día.

Verificar antecedentes

Las autoridades además hicieron un llamado a verificar los antecedentes tanto del conductor como del acompañante del transporte escolar.

“Aparte de hacer la revisión, el chequeo de que el transporte esté en el Registro Nacional de Transporte, es que también los padres verifiquen a través del Servicio del Registro Civil, si es que hay alguna inhabilidad respecto a trabajar con menores de edad”, precisó el Prefecto de Valparaíso.

Por su parte, el Seremi de Transportes complementó informando que “la región de Valparaíso se caracteriza por ser una región donde existe un alto índice de delitos de carácter sexual y muchas de las víctimas son desafortunadamente personas menos de edad”.

Por esta razón, las autoridades enfatizaron en la responsabilidad de contratar un servicio de transporte que cumpla con las normativas vigentes y establecidas por ley, asimismo cuyo conductor y acompañante no presenten inhabilidades para trabajar con menores de 18 años.

¿Qué se debe exigir a un servicio de Transporte Escolar?

Según la normativa expuesta desde la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset), al momento de contratar un servicio de transporte escolar es necesario verificar que cumpla con los siguientes requisitos:

1.- Estar inscrito en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares, trámite que se realiza en la respectiva Secretaría Regional de Transportes y Telecomunicaciones (SEREMITT). El certificado de inscripción deberá portarse en el vehículo cuando se esté efectuando transporte escolar.

2.- Quienes realicen la función de transportar escolares, deben entregar una copia autorizada del certificado de inscripción a él o los establecimientos educacionales que presten servicios; así como a los padres, madres y apoderados que lo requieran.

3.- Quien conduzca debe poseer licencia clase A1 (antigua) o profesional clase A3 y portar una tarjeta que identifique los datos personales.

  • El vehículo debe ser amarillo o blanco, según corresponda.
  • Portar un letrero triangular sobre el techo con la leyenda “escolares” (se exceptúan los buses) o una identificación visible que contenga la expresión “Escolares”, ubicada en el costado inferior derecho de la luneta o ventanas posteriores y en la parte inferior de una de las ventanas laterales del vehículo.
  • El vehículo debe contar con una luz estroboscópica de seguridad, sobre el techo, en la parte posterior del vehículo, la que debe mantenerse encendida mientras bajen o suban escolares. De no existir esta luz, el transporte debe tener una huincha retro reflectante en su contorno (se exceptúan los buses sobre 3.860 kg).
  • El vehículo debe contar con ventanas a ambos lados de cada fila de asientos.
  • Toda la documentación del vehículo debe encontrarse vigente (revisión técnica, análisis de gases, permiso de circulación y seguro obligatorio de accidentes personales).
  • La revisión técnica debe indicar la capacidad máxima de pasajeros, cifra que debe ser informada al interior del vehículo, respetada por el o la conductora y exigida por las familias.
  • Los vehículos de transporte escolar deberán estar equipados con cinturón de seguridad para todos sus pasajeros y su uso será obligatorio en todos los vehículos cuyo año de fabricación sea 2007 en adelante.
  • El tiempo de viaje, desde o hacia el establecimiento educacional no debe superar los 60 minutos, sin perjuicio que pueda retrasarse debido a las condiciones especiales de vialidad y niveles de tránsito vehicular, o por razones de fuerza mayor o caso fortuito, situaciones que deberán ser informadas a los padres o apoderados.
  • En el caso que el transporte escolar lleve más de 5 niños o niñas desde o hacia jardines infantiles o establecimientos educacionales con nivel parvulario, el conductor deberá viajar acompañado de un adulto, quien también deberá ingresar sus datos en el RENASTRE.
  • Se prohíbe el traslado de menores de 8 años en los asientos delanteros.
  • Se debe verificar que el conductor y el acompañante no presenten inhabilidades para trabajar con menores de 18 años en el respectivo informe solicitado a través del Servicio de Registro Civil e Identificación.

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