Ley que regula cables en desuso: ¿por qué no se aplica aún esta normativa?

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La normativa fue promulgada en 2019, pero la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) aun no termina el reglamento necesario para su aplicación

 

Si hay una imagen que se repite en las principales ciudades del país es la de los de miles de kilómetros de cables que cuelgan y se enmarañan en los postes, de los cuales la mayoría están en desuso, colgando o peligrosamente sueltos, constituyendo un peligro para vehículos y transeúntes.

Si bien desde el año 2019 existe una ley, la N° 21. 172, que regula el tendido y desinstalación de esta “chatarra aérea” cuando dejan de ser utilizada, lo cierto es que hasta ahora su aplicación ha sido “letra muerta”, ya que, transcurridos cuatro años de su promulgación, la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) aun no termina el reglamento necesario para su aplicación.

Lo anterior, a pesar de que las denuncias en dicha entidad por este tema han tenido un significativo aumento, ya que, según información emanada vía Transparencia, entre los años 2019 y 2023 hubo mil 332 reclamos a nivel nacional, registrándose 441 en el año en curso. Asimismo, en el período 2016 a 2022, según la misma repartición, se retiraron un poco más de mil 530 kilómetros de cables desde la vía pública, distancia similar a la que hay entre Arica y La Serena.

Mientras se espera la implementación del reglamento que prepara la Subtel, los municipios han asumido esta tarea, aunque a falta de recursos no siempre alcanzan resultados significativos. En tanto, solo algunas compañías están realizando retiros parciales a solicitud de las municipalidades.

El tema también preocupa a las juntas vecinales. “Hemos planteado el problema del ‘basural aéreo’ que tenemos en el centro con el asunto de los cables que cuelgan de los postes (…). Lo único que me dijeron fue que enviara cartas”, señala con frustración Luis Calderón Carvajal, presidente de la Junta de Vecinos Los Domínicos de San Felipe.

 

¿Qué dice la ley?

La ley, denominada popularmente como “Chao Cables”, determina que aquellas empresas que instalen cables vía aérea o subterránea para proveer servicios de telecomunicaciones tendrán un plazo máximo de cinco meses para ordenarlos o retirarlos desde que sean calificados como desechos.

“Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de no proceder la concesionaria o permisionaria al retiro requerido dentro del plazo, los municipios podrán retirar estos elementos a costa de aquellos”, dice la norma.

Según consigna El Mercurio, Pamela Gidi, subsecretaria de Telecomunicaciones entre 2018 y 2021, señala que hay una “falta de fiscalización efectiva y de aplicación real de sanciones por parte de la Subtel. Recordemos que Telecomunicaciones es el único sector regulado en Chile que no tiene superintendencia, pues lamentablemente el Estado, si bien declara que la conectividad es importante, no ha querido asumir el costo de armar una superintendencia con muchos más recursos fiscalizadores, a pesar de múltiples recomendaciones de organismos internacionales como la OCDE”.

Gidi también se refirió a la “escasez de recursos técnicos y económicos en los municipios para tener mesas, técnicas hacer seguimiento y exigir a las empresas el retiro de cables”.

“Pero a esto se suma una deficiencia crucial: la falta de reglamento de la Subtel que operacionalice y ponga en marcha los mecanismos que establece la ley”, afirma Gidi.

“Entiendo que el subsecretario Araya está claro de la importancia de sacar ese reglamento rápidamente, pero lamentablemente algunos miembros del equipo de la Subtel, que trabajan ahí por muchos años, no tienen ni la urgencia ni la eficacia para realizar esa tarea en un plazo razonable”, añade.

“El Mercurio” consigna además que contactó a la Subtel para indagar sobre sus gestiones al respecto en lo que va del actual gobierno, señalando que la respuesta de la entidad fue que “la Contraloría rechazó el reglamento elaborado por la administración pasada (…). Hoy nos encontramos trabajando junto a la Contraloría en indicaciones que nos permitan tener el reglamento que pueda hacer aplicable la ley”.

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