Ley Corta de Isapres: ¿cómo y cuánto dinero deberán devolver las aseguradoras a sus afiliados?

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Dineros cobrados en exceso se estiman en unos 1.200 millones de dólares.

Con 39 votos a favor en el Senado y 122 de la Cámara de Diputados, el Congreso despachó la denominada Ley Corta de Isapres, que fue presentada por el Ejecutivo y que busca poder implementar el fallo de la Corte Suprema respecto a tabla de factores y cobros en exceso.

Respecto a la devolución de dineros cobrados en exceso que las isapres deberán hacer a sus afiliados, y que se calcula del orden de mil 200 millones de dólares, la ley señala un plazo de 13 años para el caso de los cotizantes menores de 65 años, en tanto, para los mayores de 65 deberá ser de cinco años, mientras que para los mayores de 80 el plazo será de dos años.

Según consigna La Tercera, las isapres también pueden ofrecer un pago anticipado voluntario, denominado pronto pago, a través de transacciones realizadas por la Superintendencia de Salud.

En cuanto a la devolución de los dineros, el mecanismo deberá ser determinado en el plazo de un mes desde la publicación de la circular, que fue presentada anoche, la cual también obliga a la aplicación de la Tabla Única de Factores (TUF), que significará una importante disminución en los cobros para muchos cotizantes.

De acuerdo a la circular, las isapres deberán comunicar la incorporación de la Tabla Única de Factores a sus afiliados con contratos suscritos antes del 1 de abril de 2020 mediante correo electrónico o carta certificada con fecha tope el 31 de agosto de este año.

Posteriormente, las isapres deberán presentar un plan de pago y ajustes ante la Superintendencia de Salud, el que debe considerar los montos en UF a devolver a cada afiliado, la cantidad de contratos afectados, el plazo de devolución y las alternativas de devolución -sean pagos, transferencias o excedentes-, según establezca cada aseguradora.

Finalmente, cada Isapre deberá justificar mediante antecedentes los cálculos de las cifras a devolver e ir informando el proceso de devolución a la Superintendencia.

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https://www.observador.cl/cuanto-me-debe-la-isapre-revisa-el-calculo-estimado-en-conadecus/

 

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